Comunicación

Criterios de la Junta sobre procedimiento de afiliación y cotización del alumnado que realice formación en centros de trabajo en el curso 2023/2024

Según la página web de la Junta

https://www.educa.jcyl.es/fp/es/formacion-centros-trabajo-fct-ciceron/documento-formalizacion-fct

Las prácticas pueden ser:

a) Remuneradas

b) No remuneradas.

En el caso a)

El alta en la SS corresponde a la empresa y conlleva la formalización de contrato de formación en alternancia.

Quedan incluidos en este grupo el alumnado que curse la modalidad Dual regulada por el Decreto 2/2017 de 12 de enero, que seguirán recibiendo la beca del 50% del SMI.

En el caso b)

Se tiene que poner de acuerdo el centro de trabajo y el centro educativo para definir quien asume la cotización y gestión del alta en la SS.

Si es el centro de trabajo este será el encargado de asumir la gestión de la afiliación.

Si es el centro educativo el que asume la cotización, deberá seguir las instrucciones de la Junta sobre la obtención del CCC, así como la obtención del NSS del alumnado. Y son los centros educativos los que deben solicitar el CCC según las instrucciones anteriores.

Los Centros deben informar a la DP del alumnado que vaya a ser dado de alta por la empresa con 15 días de antelación.

Los Centros deben informar a la DP de aquellos alumnos que no van a realizar la formación en empresa, con 5 días de antelación a la fecha de alta.

Para el alumnado que curse la formación en movilidad (Erasmus), el Centro debe informar a la DP con 15 días de antelación, indicando el número de días de formación.